Empadronamiento

Inscripción en el padrón municipal. Es la base de casi todos los trámites de arraigo y del acceso a la sanidad.

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¿Para qué sirve?

El padrón municipal acredita dónde vives. Es un trámite del ayuntamiento, no de extranjería, pero resulta imprescindible: prueba el tiempo de permanencia en España para los arraigos, da acceso a la tarjeta sanitaria, a la escolarización y a los servicios sociales.

Puedes empadronarte con independencia de tu situación administrativa: no se exige tener residencia legal.

¿Quién puede solicitarlo?
  • Toda persona que viva en un municipio español, sea cual sea su nacionalidad y su situación administrativa.
Requisitos
  • Acreditar la identidad (pasaporte, TIE, DNI).
  • Acreditar el domicilio: contrato de alquiler, escritura, factura o autorización del titular de la vivienda.
Documentos que tienes que llevar
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  • Documento de identidadPasaporte en vigor, TIE o DNI de cada persona que se empadrona.
  • Justificante del domicilioContrato de arrendamiento vigente y última factura, escritura de propiedad, o autorización firmada de la persona empadronada en la vivienda junto a su documento de identidad.
  • Hoja padronal del ayuntamientoFormulario propio de cada municipio, disponible en su web.
  • Libro de familia o certificados de nacimientosegún el casoCuando se empadronan menores.
Dónde se presenta

Ayuntamiento del municipio donde resides

Oficinas de atención al ciudadano o sede electrónica municipal. Cada ayuntamiento tiene su propio impreso y sistema de cita.

Plazos
  • Empadrónate cuanto antes: el tiempo de permanencia que acredita el padrón es la prueba principal para los arraigos.
  • El volante/certificado se emite en el momento o en pocos días. Para arraigo suele pedirse el certificado histórico (recoge todos los periodos).
Ojo con esto
Los ciudadanos no comunitarios sin autorización de residencia de larga duración deben renovar la inscripción padronal cada 2 años; si no lo haces, causarás baja y perderás la antigüedad acreditada.
Empadronarse es gratuito y es un derecho: si un ayuntamiento se niega por no tener papeles, pide la negativa por escrito y acude a servicios sociales o a una entidad de apoyo.
Fuentes oficiales

Aviso importante

Última revisión de esta ficha: 24 de agosto de 2026. Esta guía es informativa y no sustituye a las fuentes oficiales. Comprueba los requisitos en la web del Ministerio y en la hoja informativa de tu Oficina de Extranjería antes de presentar la solicitud.
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