Los ciudadanos de un Estado miembro de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza que vayan a residir en España más de tres meses están obligados a inscribirse en el Registro Central de Extranjeros.
Se les entrega un certificado (papel verde o tarjeta verde) con su nombre, nacionalidad, domicilio, NIE y fecha de registro. No es una tarjeta de identidad: hay que llevar siempre también el pasaporte o documento nacional de identidad.
- Ciudadanos de la UE, del EEE (Islandia, Liechtenstein, Noruega) y de Suiza que residan en España más de tres meses.
- Estar en alguno de estos supuestos: ser trabajador por cuenta ajena o propia en España; disponer de recursos suficientes para no convertirse en una carga para la asistencia social y de un seguro de enfermedad; ser estudiante con seguro de enfermedad y declaración de medios; o ser familiar de un ciudadano de la Unión que cumpla alguna de esas condiciones.
Formulario oficial EX-18 cumplimentado y firmadoPor duplicado (original y copia) si lo presentas en papel. Descárgalo siempre de la web del Ministerio para usar la versión vigente.Enlace oficial Pasaporte o documento nacional de identidad en vigorOriginal y copia. Si está caducado, aporta también la solicitud de renovación. Justificante de pago de la tasa modelo 790 código 012Se genera y rellena en la web oficial de la tasa, se paga en el banco o por internet y se aporta el ejemplar sellado.Enlace oficial Trabajadores por cuenta ajena según el caso Contrato de trabajo, certificado de empleo, alta o situación asimilada al alta en la Seguridad Social.Trabajadores por cuenta propia según el caso Alta en el censo de actividades económicas, inscripción en el Registro Mercantil o alta en la Seguridad Social como autónomo.No trabajadores (recursos propios) según el caso Prueba de medios económicos suficientes para ti y tus familiares (extractos, certificados bancarios, pensiones) y seguro de enfermedad público o privado con cobertura en España.Estudiantes según el caso Matrícula en un centro público o privado reconocido, seguro de enfermedad y declaración responsable de que dispones de recursos suficientes.
Solicitud de inscripción en el Registro Central de Extranjeros — residencia ciudadano de la UE
Descarga siempre el formulario desde la web del Ministerio: los modelos se actualizan y las oficinas rechazan las versiones antiguas.
| Modelo | Concepto | Quién la paga | Enlace |
|---|---|---|---|
| 790 código 012 | Certificado de registro de residente comunitario | La persona solicitante | Generar tasa |
Los importes se actualizan periódicamente: el que aparece al generar el modelo 790 es el vigente.
Oficina de Extranjería o comisaría de Policía Nacional de la provincia de residencia
Con cita previa: trámite "Certificados UE".
- Debe solicitarse en los 3 meses siguientes a la entrada en España.
- El certificado se entrega normalmente en el momento de la cita.
- Tras 5 años de residencia legal y continuada se puede solicitar el certificado de residencia permanente.