Arraigo sociolaboral

2 años en España y un contrato de trabajo de al menos un año y 20 horas semanales.

Arraigo y circunstancias excepcionalesYa estoy en EspañaNo comunitarioTrabajo

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¿Para qué sirve?

Sustituye al antiguo arraigo laboral. Permite regularizar la situación de quien lleva 2 años en España y cuenta con una oferta o contrato de trabajo por cuenta ajena que cumpla unos mínimos de jornada y salario.

A diferencia del arraigo social, no exige informe de arraigo, pero sí un contrato y la solvencia del empleador.

¿Quién puede solicitarlo?
  • Personas extranjeras no comunitarias con 2 años de permanencia continuada en España que dispongan de un contrato de trabajo por cuenta ajena.
Requisitos
  • Permanencia continuada en España de al menos 2 años.
  • Contrato (o contratos) de trabajo con una duración mínima de un año, jornada de al menos 20 horas semanales y salario que respete el SMI o el convenio aplicable.
  • Que el empleador esté al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y acredite solvencia para hacer frente al puesto.
  • Carecer de antecedentes penales en España y en los países de residencia de los últimos 5 años.
  • No tener prohibición de entrada ni figurar como rechazable en el espacio Schengen.
Documentos que tienes que llevar
0 de 8 documentos preparadosDesmarcar todo
  • Formulario oficial EX-31 cumplimentado y firmadoPor duplicado (original y copia) si lo presentas en papel. Descárgalo siempre de la web del Ministerio para usar la versión vigente.Enlace oficial
  • Pasaporte completo, en vigorCopia de todas las páginas escritas (incluidas las en blanco si la oficina lo pide) y original para cotejo. Debe tener una validez mínima de 4 meses en muchos trámites.
  • Justificante de pago de la tasa modelo 790 código 052Se genera y rellena en la web oficial de la tasa, se paga en el banco o por internet y se aporta el ejemplar sellado.Enlace oficial
  • Certificado o volante de empadronamientoSe pide en el ayuntamiento del municipio donde vives. En trámites de arraigo suele exigirse el histórico o colectivo.
  • Prueba de la permanencia de 2 años en EspañaEmpadronamiento histórico, tarjeta sanitaria, informes médicos, matrículas, contratos, facturas, certificados de entidades sociales.
  • Contrato de trabajo firmadoCon duración mínima de un año, jornada de al menos 20 horas semanales y salario conforme al convenio o al SMI.
  • Documentación del empleadorSi es empresa: CIF, escritura de constitución, poder del firmante, alta en Seguridad Social, certificados de estar al corriente con AEAT y TGSS. Si es persona física: DNI/NIE y acreditación de medios (declaración de la renta, nóminas).
  • Certificado de antecedentes penalesDe los países en los que hayas residido los últimos 5 años, expedido por las autoridades del país y legalizado/apostillado y traducido al castellano.
Formularios oficiales
EX-31

Solicitud de autorización de residencia por circunstancias excepcionales por razón de arraigo

Descargar en la web oficial

Descarga siempre el formulario desde la web del Ministerio: los modelos se actualizan y las oficinas rechazan las versiones antiguas.

Tasas
ModeloConceptoQuién la pagaEnlace
790 código 052Autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionalesLa persona solicitanteGenerar tasa

Los importes se actualizan periódicamente: el que aparece al generar el modelo 790 es el vigente.

Dónde se presenta

Oficina de Extranjería de la provincia donde resides

Cita previa o presentación telemática.

Ir al trámite

Presentación telemática (Mercurio)

Con certificado digital propio o de representante.

Ir al trámite

Plazos
  • Resolución: 3 meses (silencio desestimatorio).
  • TIE: 1 mes desde la notificación de la concesión.
  • Duración: 1 año, prorrogable o modificable a residencia y trabajo.
Ojo con esto
El contrato debe estar vigente en el momento de la resolución: si la empresa se echa atrás, el expediente decae.
La solvencia del empleador se revisa con detalle; una empresa con deudas con la Seguridad Social suele provocar la denegación.
Fuentes oficiales

Aviso importante

Última revisión de esta ficha: 24 de agosto de 2026. Esta guía es informativa y no sustituye a las fuentes oficiales. Comprueba los requisitos en la web del Ministerio y en la hoja informativa de tu Oficina de Extranjería antes de presentar la solicitud.
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