Arraigo socioformativo

2 años en España y compromiso de realizar una formación orientada al empleo.

Arraigo y circunstancias excepcionalesYa estoy en EspañaNo comunitarioEstudiante

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¿Para qué sirve?

Sucede al antiguo "arraigo para la formación". Permite regularizarse comprometiéndose a cursar una formación reglada u orientada al empleo, y compatibilizarla con un trabajo dentro de los límites de jornada previstos.

La autorización inicial se concede por un año; al finalizar la formación puede modificarse a una residencia y trabajo si se cumplen los requisitos.

¿Quién puede solicitarlo?
  • Personas extranjeras no comunitarias con 2 años de permanencia continuada en España que se matriculen o se comprometan a matricularse en una formación válida.
Requisitos
  • Permanencia continuada en España de al menos 2 años.
  • Matrícula, admisión o compromiso de matrícula en una formación válida: FP de grado medio o superior, certificados de profesionalidad, formación promovida por los servicios públicos de empleo, o formación conducente a la obtención de la certificación de aptitud técnica o habilitación profesional.
  • Informe de integración social (según el supuesto y la oficina): confírmalo en la hoja informativa de tu provincia.
  • Carecer de antecedentes penales y no tener prohibición de entrada.
Documentos que tienes que llevar
0 de 8 documentos preparadosDesmarcar todo
  • Formulario oficial EX-31 cumplimentado y firmadoPor duplicado (original y copia) si lo presentas en papel. Descárgalo siempre de la web del Ministerio para usar la versión vigente.Enlace oficial
  • Pasaporte completo, en vigorCopia de todas las páginas escritas (incluidas las en blanco si la oficina lo pide) y original para cotejo. Debe tener una validez mínima de 4 meses en muchos trámites.
  • Justificante de pago de la tasa modelo 790 código 052Se genera y rellena en la web oficial de la tasa, se paga en el banco o por internet y se aporta el ejemplar sellado.Enlace oficial
  • Certificado o volante de empadronamientoSe pide en el ayuntamiento del municipio donde vives. En trámites de arraigo suele exigirse el histórico o colectivo.
  • Prueba de la permanencia de 2 años en EspañaEmpadronamiento histórico y pruebas complementarias.
  • Documento de matrícula o compromiso de matrículaEmitido por el centro formativo, con identificación del curso, número de horas, fechas y modalidad.
  • Certificado de antecedentes penalesDe los países en los que hayas residido los últimos 5 años, expedido por las autoridades del país y legalizado/apostillado y traducido al castellano.
  • Informe de integración socialsegún el casoSi la oficina lo exige para este supuesto, lo emite la Comunidad Autónoma o los servicios sociales municipales.
Formularios oficiales
EX-31

Solicitud de autorización de residencia por circunstancias excepcionales por razón de arraigo

Descargar en la web oficial

Descarga siempre el formulario desde la web del Ministerio: los modelos se actualizan y las oficinas rechazan las versiones antiguas.

Tasas
ModeloConceptoQuién la pagaEnlace
790 código 052Autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionalesLa persona solicitanteGenerar tasa

Los importes se actualizan periódicamente: el que aparece al generar el modelo 790 es el vigente.

Dónde se presenta

Oficina de Extranjería de la provincia donde resides

Cita previa o presentación telemática.

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Presentación telemática (Mercurio)

Con certificado digital.

Ir al trámite

Plazos
  • Resolución: 3 meses (silencio desestimatorio).
  • Duración: 1 año.
  • Hay que acreditar después la matrícula efectiva y el aprovechamiento del curso: guarda los certificados.
Ojo con esto
La compatibilidad con el trabajo tiene un límite de jornada (con carácter general, 30 horas semanales) y el salario debe respetar el SMI o el convenio. Verifica el detalle en la hoja informativa vigente.
No sirve cualquier curso: debe ser una formación de las expresamente admitidas por la normativa.
Fuentes oficiales

Aviso importante

Última revisión de esta ficha: 24 de agosto de 2026. Esta guía es informativa y no sustituye a las fuentes oficiales. Comprueba los requisitos en la web del Ministerio y en la hoja informativa de tu Oficina de Extranjería antes de presentar la solicitud.
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