Regularización extraordinaria de 2026

Proceso extraordinario aprobado por el RD 316/2026. El plazo de presentación finalizó el 30 de junio de 2026.

Arraigo y circunstancias excepcionalesYa estoy en EspañaNo comunitario

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Plazo cerrado. Este procedimiento ya no admite solicitudes. La ficha se mantiene como referencia.
¿Para qué sirve?

El Real Decreto 316/2026 aprobó un proceso extraordinario de regularización que permitía obtener una autorización de residencia y trabajo de un año a determinadas personas extranjeras en situación irregular y a solicitantes de protección internacional.

El plazo de presentación se abrió el 16 de abril de 2026 (telemático) y el 20 de abril (presencial) y se cerró el 30 de junio de 2026. Esta ficha se mantiene como referencia histórica: comprueba en la fuente oficial si ha habido prórroga o un nuevo proceso.

¿Quién puede solicitarlo?
  • El proceso se dirigía a personas extranjeras que se encontraban en España antes de la fecha de corte fijada en el Real Decreto, en situación irregular, y a determinados solicitantes de protección internacional.
Requisitos
  • Los fijados en el RD 316/2026: presencia en España antes de la fecha de corte, carencia de antecedentes penales y el resto de condiciones del procedimiento.
Documentos que tienes que llevar
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  • Consulta la documentación exacta en la fuente oficialAl tratarse de un proceso cerrado, esta ficha no reproduce el listado completo: acude al texto del Real Decreto y a la información del Ministerio.
Dónde se presenta

Oficinas de Extranjería y sede electrónica del Ministerio

El proceso se tramitó de forma telemática y presencial durante el plazo habilitado.

Ir al trámite

Plazos
  • Presentación: del 16 de abril (telemática) o 20 de abril (presencial) al 30 de junio de 2026.
  • Autorización concedida: residencia y trabajo de un año de duración.
Ojo con esto
Si presentaste tu solicitud dentro del plazo, consulta el estado del expediente en la sede electrónica.
Si no llegaste a presentarla, revisa las vías ordinarias de arraigo: social, sociolaboral, socioformativo, familiar o de segunda oportunidad.
Fuentes oficiales

Aviso importante

Última revisión de esta ficha: 24 de agosto de 2026. Esta guía es informativa y no sustituye a las fuentes oficiales. Comprueba los requisitos en la web del Ministerio y en la hoja informativa de tu Oficina de Extranjería antes de presentar la solicitud.
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Esta guía la mantenemos a mano y la normativa de extranjería cambia a menudo. Si algo no cuadra con lo que dice la fuente oficial, avísanos y lo corregimos.

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